El Impuesto Valor Agregado (IVA)


Aspectos Generales:

EL IVA es el principal impuesto al consumo que existe en Chile y grava con una tasa de 19% las ventas de bienes corporales muebles e inmuebles (en el caso de inmuebles cuando son de propiedad de una empresa constructora construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construidos por un tercero para ella).(1)

El IVA también grava los servicios que se presten o utilicen en el país y que provengan de las actividades que la ley señala.  
fuente:

Este impuesto afecta también al Fisco, instituciones semifiscales, organismos de administración autónoma del Estado, municipalidades y a las empresas que pertenezcan a ellos o en los cuales estos organismos tengan participación. Con la misma tasa general de 19% se gravan las importaciones ya sean habituales o no, efectuadas por cualquier persona natural o jurídica.(2)

El impuesto se debe declarar y pagar mensualmente.  Su monto se determina a partir de la diferencia entre el débito fiscal y el crédito fiscal.  Si de esta diferencia resulta un remanente, existe un mecanismo que permite utilizarlo en períodos posteriores.(3)

Los exportadores están exentos del IVA por las ventas que efectúen al exterior, otorgándoseles el derecho de recuperar el IVA recargado en la adquisición de bienes o utilización de servicios destinados a su actividad de exportación.(4)

Características del I.V.A.:



Titulo: Características del IVA
·         Es un impuesto indirecto: El impuesto al valor agregado es un tributo indirecto debido a que incide económicamente sobre el consumidor en la medida en que el contribuyente de derecho obligado a soportarlo, es decir, el vendedor o productor de los bienes o servicios, traslada el gravamen.  Grava entonces, los consumos, que son manifestaciones mediatas de capacidad contributiva.

·         Es un impuesto proporcional: Es un tributo proporcional cuando el porcentaje de ingresos que se destina al pago de los impuestos aumenta en a medida en que aumenta el nivel de ingresos.

·         Es un impuesto fiscal interno: Tiene relevancia para determinar la competencia del servicio de impuestos internos en su fiscalización y la apliacacion de las normas del código tributario.

·         Es un impuesto de declaración y pago mensual: Este se debe declarar y pagar el día 12 del mes siguiente al período tributario que se va a declarar y pagar, y en el caso que el plazo de declaración y pago venza en día feriado o en día sábado, este se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.

·         Es un impuesto Neutro: impuesto que no influye en las diversas etapas de producción, comercialización y distribución de bienes y servicios.

·         Es un impuesto no acumulativo: El mecanismo del crédito fiscal permite que sea trasladado pero no el derecho a crédito alguno.